SEGUIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN CURRICULAR

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INSTITUCIONAL

REGLAMENTO DE SEGUIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN CURRICULAR

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 350 de la Constitución de la República del Ecuador indica “El sistema de educación superior tiene como finalidad la formación académica y profesional con visión científica y humanista; la investigación científica y tecnológica; la innovación, promoción, desarrollo y difusión de los saberes y as culturas; la construcción de soluciones para los problemas del país, en relación con los objetivos del régimen de desarrollo”.

Que, el artículo 351 de la Constitución de la República del Ecuador indica “El sistema de educación superior estará articulado al sistema nacional de educación y al plan nacional de desarrollo; la ley establecerá los mecanismos de coordinación del sistema de educación superior con la Función Ejecutiva. Este sistema se regirá por los principios de autonomía responsable, cogobierno, igualdad de oportunidades, calidad, pertinencia, integralidad, autodeterminación para la producción del pensamiento y conocimiento, en el marco del diálogo de saberes, pensamiento universal y producción científica global.

Que, el artículo 5 literal a) la Ley Orgánica de Educación Superior establece “Son derechos de las y los estudiantes los siguientes: a) acceder, movilizarse, permanecer, egresar y titularse sin discriminación conforme sus méritos académicos.

Que, el artículo 13 literal c) de la Ley Orgánica de Educación Superior establece “Son funciones del sistema de educación superior: c) Formar académicos, científicos y profesionales responsables, éticos y solidarios, comprometidos con la sociedad, debidamente preparados en todos los campos del conocimiento, para que sean capaces de generar y aplicar sus conocimientos y métodos científicos.

El Instituto Tecnológico Superior Quito Metropolitano, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Educación Superior y demás normativas que rigen el Sistema de Educación Superior.

Artículo 1.- El Instituto Tecnológico Superior Quito Metropolitano (ITSQMET), concibe la evaluación del currículo académico como un proceso en diferentes momentos desde el diagnóstico, la elaboración y puesta en acción del currículo, acceder a la información que se obtenga y participar de la interpretación de resultados, hasta su correspondiente perfil de egreso; de evaluación de impacto de las carreras en su entorno de relación, ofreciendo evidencias sólidas y creíbles del desempeño de sus actores educativos para recomendar mejoras que ratifiquen la pertinencia de una carrera en correspondencia al entorno laboral de relación, al avance de la ciencia y la tecnología, al impacto de la sociedad; bajo el propósito de formar profesionales competentes y con compromiso social.

Artículo 2.- Conforme describe el modelo educativo basado en competencias de formación integral del ITSQMET, la estructura del currículo académico se fundamenta en el perfil de egreso; mediante el perfeccionamiento de los instrumentos cognoscitivos teóricos e instrumentales del quehacer de la docencia e investigación; es decir, se convierte en el orientador del proceso formativo que posibilita la definición de recursos humanos, infraestructura, recursos de apoyo al proceso de enseñanza-aprendizaje, entendidos estos últimos como la metodología pedagógica, didáctica y de evaluación de los aprendizajes.

Artículo 3.- En el diseño del currículo académico debe entenderse el perfil de egreso como la urgencia de lograren los estudiantes, la transferencia de los conocimientos no sólo a los contextos inmediatos, sino a la vida misma, al presente, y también indica la forma de vislumbrar estrategias para el futuro, mediante contenidos que poseen un significado integral para la vida, porque las competencias están concebidas y desarrolladas como el conjunto de conocimientos y habilidades necesarias para que los estudiantes se incorporen más fácilmente al mercado de trabajo; resultado de las trayectorias educativas que se construyen en el proceso de aprendizaje, por lo que su declaratoria debe incluir el ser, el saber, el saber vivir, el saber hacer y el saber convivir. El perfil de egreso responde al desempeño profesional que tendrá el graduado o graduada en el ambiente laboral y social de relación profesional.

Artículo 4.- La evaluación del currículo académico debe entenderse como un ejercicio participativo de análisis de información útil –graduados, empresarios académicos, profesionales, avance de la ciencia y la tecnología, necesidades de desarrollo del país para la concepción, estructura y formulación de resultados formativos del currículo e acuerdo a los fundamentos educativos expresados en el modelo educativo basado en competencias de formación integral del ITSQMET, el marco normativo dispuesto en el Reglamento de Régimen Académico del CES y demás normativas internas y externas relacionada.

Artículo 5.- La evaluación del currículo debe plantear tres aspectos fundamentales de análisis: a) entorno externo que determina las necesidades laborales y el perfil de egreso a formar; pertinencia de la carrera (puede ser mediante prácticas preprofesionales); b) el contexto interno que mide la calidad del currículo –aporte del currículo a la formación del perfil de egreso –mediante la valoración de la estructura, organización, secuencialidad de los contenidos (puede ser un examen final o parcial de una asignatura); c) el impacto del currículo, que propone analizar los resultados de aprendizaje del currículo, valorando en la opinión de todos los actores capaces de aportar datos relevantes en relación con lo evaluado (perfil profesional, rendimiento laboral del graduado, servicios formativos recibidos).

Artículo 6.- La revisión del currículo académico, según lo dispuesto por el Reglamento para el diseño, aprobación y seguimiento de la oferta académica del ITSQMET, por necesidades de validez académica, en lo que corresponde a la evaluación sumativa, debe ser planificada anualmente y debe ejecutarse al vencimiento de la vigencia del currículo, en consideración de que la malla académica se encuentre en contextos de que nuestros egresados compitan en condiciones de igualdad,y, de ser posible con mayores ventajas, debe acompañar la formación profesional de cada promoción de graduados, de manera que, al término de cada promoción, al inicio de un nuevo período académico, el currículo académico pueda ser evaluado, así como ratificado o rectificado en su vigencia; esto es, mantenerlo actualizado en función del avance de la ciencia, la tecnología, el mercado laboral y las necesidades del entorno al que responde la carrera, a fin de garantizar una efectiva interacción entre los objetivos de la oferta formativa y las demandas del contexto escolar y social donde se desarrolle.

Artículo 7.- La ejecución de la evaluación formativa (mediante la revisión de syllabus) podrá realizarse en cualquier momento del proceso formativo, de preferencia al final de un semestre académico, de esta manera se determinará la debilidad o fortaleza en cada asignatura, una vez evaluado el logro de resultados de aprendizaje de la asignatura, se determinará si es necesario un reajuste de objetivos, métodos, recursos, resultados de aprendizaje, esta actividad debe ser planificada por el Coodinador/a de la carrera.

Artículo 8.- La revisión del currículo en el marco normativo formulado en el presente Reglamento aplica para todas las carreras del ITSQMET, en todas sus modalidades de estudio, considerando la especificidad académica, la presencialidad de los y las estudiantes y la pertinencia.

Artículo 9.- La revisión del currículo académico puede plantearse en torno a dos momentos importantesde evaluación; esto es:

  • Evaluación Formativa: Revisa la estructura y temas definidos en el plan de estudios (syllabus) de cada asignatura del currículo académico (malla curricular de cada carrera), para mejorar los contenidos, metodologías, docencia, recursos y resultados de aprendizaje, de esta manera los docentes pueden ajustar sus programas para satisfacer mejor sus necesidades educativas, con la finalidad de mantener una actualización formativa acorde a los avances científicos, tecnológicos y prácticos; y las nuevas necesidades de la profesión y el mercado laboral.
  • Evaluación Sumativa: Enfocada al análisis de la estructura y componentes el currículo académico en el contexto de las nuevas realidades científicas, tecnológicas y demandas del país y la sociedad en general, para ratificar el nivel de actualidad y viabilidad de la carrera o en su defecto reorientar la misma a través de la readecuación del currículo académico y sus componentes, en términos de actualización de temas y contenidos, exigencia académica, perfil profesional, requerimiento de ingreso, secuencia y coherencia de las asignaturas. Esta evaluación permite entonces conocer los resultados del proceso de formación profesional y el impacto del currículo como instrumento formador, en el medio laboral al que se relaciona la carrera, a fin de revalidar su vigencia y pertinencia.

Artículo 10.- La evaluación formativa y sumativa deber ser sistemática y participativa pudiendo ser realizada por pares académicos internos.

  • Par académico interno: Es el docente que forma parte del claustro de docentes del ITSQMET, titular de una cátedra, que posee la formación académica, experiencia y perfil profesional en el ámbito de conocimiento de la asignatura que va a evaluar, el cual será responsable de realizarla evaluación formativa de acuerdo a los lineamientos definidos en los procesos de evaluación del currículo.

Artículo 11.- Los procesos de revisión del currículo académico deben evaluar el diseño curricular desde los siguientes ámbitos:

  • Coherencia: que se expresa por el nivel de correspondencia del currículo académico con el perfil de egreso, la misión y visión del ITSQMET.
  • Vigencia: el currículo académico como sus componentes están debidamente actualizados, acorde al perfil profesional, metas de aprendizaje, a los avances de la ciencia, la tecnología y las demandas del país y la sociedad en general.
  • Pertinencia: hace referencia al enfoque social y relevancia de la carrera en términos de necesidades y problemas que debe resolver la profesión.
  • Consistencia: entendida como secuencia cronológica, complementariedad y concatenación de los componentes del currículo académico (requisitos, correquisitos).
  • Recursos: materiales humanos, financieros, requeridos para la ejecución de la carrera, características de los estudiantes, formación y experiencia del cuerpo docente, infraestructura, metodologías de enseñanza –aprendizaje, métodos de evaluación.

El objetivo del presente es orientar y regular las actividades de enseñanza y aprendizaje, investigación y vinculación con la sociedad, que tienen lugar en el Instituto Tecnológico Superior Quito Metropolitano, en razón de su autonomía responsable y el cumplimiento de la política emita para el efecto.

Artículo 12.- La forma, métodosy hábitos de llevar a cabo la evaluación curricular que reflejan esta situación cumplirán los siguientes objetivos:

a) Evaluar los planteamientos del currículo académico que conlleven a la realidad para mejora de la calidad de vida, cumpliendo con las exigencias sociales, tecnológicas, económicas, culturales del profesional graduado en el ITSQMET, para luego concluir si sus perfiles y objetivos interpretan cabalmente los fundamentos y diagnósticos realizados.
b) Analizar los componentes del currículo, con la labor y el comportamiento del egresado a partir de su intervención en la dimensión social más amplia como ciudadano.
c) Examinar los mecanismos del currículo; objetivos, contenidos, enseñanza, aprendizaje, entre otros. Lo que supone la construcción de metodologías adecuadas y de criterios de valoración pertinentes.
d) Intervenir en la adaptación de las unidades de organización curricular que ordenan las asignaturas, cursos, módulos o sus equivalentes, acordes con el nivel de aprendizaje en cada período académico, articulando los conocimientos de modo progresivo e integrador, a lo largo de la carrera o programa.
e) Evaluar la acciones o evaluaciones formativas del diseño curricular, como los resultados alcanzados en la dimensión social por los profesionales del ITSQMET.
f) Cumplir con los procedimientos establecidos en el diseño curricular, para garantizar el perfeccionamiento constante de los procesos de formación y superación profesional en el ITSQMET.

Artículo 13.- De este modelo de evaluación y seguimiento curricular debe considerar la participación de la estructura organizacional:

  • Rectorado
  • Vicerrectorado
  • Coordinación Académica
  • Coordinación General de Carreras
  • Coordinadores de Carrera

Artículo 14.- Corresponderá al Rectorado y al Vicerrectorado las siguientes responsabilidades:

a) Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones y lineamientos para la evaluación del currículo.
b) Controlar el funcionamiento general de la institución tanto internamente como en sus relaciones con entidades externas, e informar de ello al Consejo Superior y promueva el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento, coordinando los lineamientos metodológicos de evaluación de currículo.
c) Presentar ante el Órgano Colegiado Superior OCS, para su confirmación el análisis y aprobación del Comité Curricular Institucional para la evaluación del currículo.

Artículo 15.- Corresponderá al Coordinador Académico y Coordinador General de Carreras, las siguientes responsabilidades:

a) Establecer los procesos de evaluación curricular y su planificación que garantice el proceso y organización curricular y los campos deformación del currículo.
b) Diseñar el currículo de acuerdo al programa educativo designando, coordinando con las unidades correspondientes para garantizar la aplicación de acuerdo a las necesidades académicas.
c) Controlar y hacer cumplir las normativas establecida en el currículo para bienestar y progreso de las entidades con el propósito de generar opciones de mejora que permitan alcanzar y consolidar la calidad en la formación integral de nuestros estudiantes.
d) Implementarde manera permanente el plan curriculary determinar sus logros. Es esencial valorarcontinuamentelos aspectos internos y externos del currículo.Al analizar los procesos nos permite determinar los avances, logros obtenidos en el Proceso enseñanza aprendizaje al nivel de contexto, proceso y derivaciones.

Artículo 16.- De susCoordinaciones de Carreras, sus responsabilidades serán las siguientes:

a) Coordinarán los trabajos de evaluación y seguimiento curricular internamente; definidos previamente en el cronograma de SeguimientoCurricular elaborado por el Coordinador Académico y el Coordinador General de Carreras; y serán los responsables de obtener informes técnicos con recomendaciones para el progreso de los programas tanto en su diseño curricular y resultados de los mismos.
b) Demostrará las relaciones entre los conocimientos curriculares y saberes en relaciones a las asignaturas y el perfil de egreso, aportando al progreso y fortalecimiento de las capacidades integrales de los futuros profesionales del ITSQMET.
c) Desarrollar aprendizajes de modo integrado e innovador. Las unidades de organización curricular ordenan las asignaturas, cursos, módulos, acordes con el nivel de aprendizaje en cada período académico, articulando los conocimientos de modo progresivo e integrador, a lo largo de la carrera del ITSQMET.

Artículo 17.- La evaluación del currículo, entendido como un proceso sistemático, participativo, articulado para la revisión de su estructura, secuencia y actualización considera el siguiente proceso.

a) De acuerdo a lo establecido en el Reglamento del ITSQMET para la gestión académica y curricular el Vicerrectorado debe incluir la acción de evaluación del currículo por parte de los Coordinadores de Carrera.
b) El Coordinador Académico en base a las directrices de la planificación académica institucional, incluirá en la respectiva planificación a las carreras que correspondan, la acción de evaluación del currículo con la respectiva estimación y asignación de recursos necesarios: humanos, materiales, financieros. En esta planificación se deberá incluir las acciones de evaluación de impacto de la carrera.
c) Conformación de los equipos curriculares de las carreras para los procesos de evaluación a docentes pares, coevaluación y heteroevaluación.
d) Elaborar el cronograma de trabajo correspondiente estableciendo los hitos de control y seguimiento.
e) Presentar para la aprobación Curricular Institucional el proyecto de evaluación curricular.
f) Implementar el nuevo currículo académico resultante del proyecto de evaluación curricular en la correspondiente carrera y en el periodo académico que corresponda.

Artículo 18.- La evaluación de impacto de una carrera debe entenderse como el ejercicio de valoración de la satisfacción de la comunidad interna respecto al impacto del currículo en su proceso formativo, en lo referente a la teoría, la práctica, la enseñanza, perfil deegreso formado y de la comunidad externa en lo relacionado con los resultados laborales de profesionales graduados del ITSQMET.

Artículo 19.- Para efectos de la evaluación de impacto de una carrera o programa, en el marco de lo referido en el artículo 18 de este Reglamento, como comunidad interna se considera: estudiantes, graduados, profesores, autoridades y como comunidad externa: empleadores, empresas de relación con la carrera.

Artículo 20.- Como indicadores fundamentales para medir el impacto de las carreras, institucionalmente se define los siguientes:

a) Reconocimiento profesional de los graduados del ITSQMET por parte de la comunidad externa.
b) Satisfacción de la comunidad interna respecto al proceso formativo.
c) Pertinencia del perfil de egreso formado con los requerimientos del mercado laboral. Se podrá incorporar indicadores de impacto adicionales a los definidos en este reglamento.

PRIMERA.- El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de su aprobación.

SEGUNDA.- Cualquier problema o asunto relacionado con la aplicación del presente Reglamento que no estuviere previsto en el mismo o en los reglamentos correspondientes, será resuelto por órgano Colegiado Superior conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Educación Superior y demás disposiciones legales establecidas en la normativa ecuatoriana.

El Órgano Colegiado Superior en un plazo de sesenta días, contados a partir de la notificación con la resolución de aprobación del presente Reglamento, implementará las acciones necesarias para que la presente normativa entre en vigencia en el Instituto.
Certifico, en mi calidad de Secretaria Académica del Instituto Tecnológico Superior Quito Metropolitano, aprobó el Reglamento de Seguimiento y Actualización Curricular, en sesión del 14 de diciembre del 2018.

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